HE ESPERADO DEMASIADO

HE ESPERADO DEMASIADO

jueves, 27 de septiembre de 2012

AUTO RECURRIDO SOBRE EL SACRIFICIO DE PERROS EN PUERTO REAL



LOS DENUNCIATES RECURREN EL AUTO DEL JUEZ, POR CONSIDERAR QUE HAY IMPUTACIONES SUFICIENTES PARA SENTENCIAR A LOS VETERINARIOS.
Hechos que se reflejan desde el 2007, denunciados por El Refugio y los propietarios de los perros que se sacrificaron

" La perrera El Refugio, la antigua Verde-6, en Puerto Real, sacrificó un mínimo de 573 animales entre 2005 y septiembre de 2007 empleando de forma exclusiva, sin sedación alguna, inyecciones de Mioflex Braun, un poderoso y barato paralizante muscular. La sustancia provocaba en los perros y gatos un bloqueo progresivo del aparato respiratorio pero no del corazón, por lo que los animales, tras el pinchazo, se acercaban agónicamente a su muerte en estado de "plena conciencia y vigilancia". La investigación judicial sobre el caso, desarrollada por la titular del Juzgado número 2 de Puerto Real, concluye que este sistema de eliminación supone un presunto delito continuado de maltrato de animal doméstico. Por los hechos, la juez instructora imputa a los dos veterinarios de El Refugio, Estanislao Cuesta Romero y Roberto Parodi Bendetto, pero archiva la causa para el administrador de la perrera, Plácido Gómez Muñoz, para la directora del centro entre 1989 y 2007, Manuela Andrade Noguera, y para los otralos seis empleados que formaban parte de la plantilla de El Refugio puertorrealeño.

En el auto que cierra la investigación, la juez argumenta que el empleo de Mioflex es encuadrable dentro del delito de maltrato animal, no por provocar la muerte -la práctica de la eutanasia es legal-, sino por la agonía desencadenada en el final de las vidas de canes y gatos, "pese a que existe la posibilidad de aplicar sustancias que produzcan la inconsciencia del animal y, por lo tanto, mitiguen el sufrimiento". "El ensañamiento, sinónimo aquí de crueldad, se considera igualmente presente en la conducta de ambos imputados porque se aumenta, deliberadamente, el sufrimiento del animal causándole padecimientos innecesarios para producirle la muerte", argumenta el auto judicial.

Los dos veterinarios de El Refugio, Cuesta y Parodi (éste inhabilitado a raíz del caso), habían admitido el empleo del paralizante muscular para los sacrificios aunque alegaron que los pinchazos se producían después de la muerte, como forma de vencer la rigidez del animal y facilitar su introducción en la incineradora. La instructora desmonta la argumentación: razona, primero, que la utilización post mórtem de Mioflex no tiene sentido porque la sustancia no puede propagarse por el organismo una vez ha cesado la actividad cardiovascular; y añade, como elemento de prueba, el testimonio de una persona que declaró haber presenciado el 11 de agosto de 2006 el sacrificio de un cocker por parte de uno de los veterinarios mediante el empleo exclusivo del letal paralizante.

La perrera puertorrealeña, que prestaba servicio a una docena de municipios, era todo lo contrario a un refugio. El auto judicial reseña que la forma en la que se mantenían las instalaciones, con animales hacinados y mal clasificados, y la falta de servicio de guardia para la prestación de asistencia médica durante los fines de semana y festivos, provocaron el sufrimiento o la muerte de un número indeterminado de animales. Todo, ante la pasividad de los veterinarios, que tenían el deber de actuar, recuerda la juez.

También refleja la instructora el sacrificio a manos de Roberto Parodi de los tres perros propiedad de Simone Righi y Ángela Fiori, una pareja de italianos que dejó sus canes en régimen de guardería en El Refugio y que, varios días después, sólo pudo recoger el cadáver de uno de ellos -los otros dos fueron incinerados-.

Este suceso, y la posterior denuncia de la organización proteccionista nacional El Refugio (que no tiene nada que ver con la antigua Verde-6) ante la Guardia Civil, desvelaron públicamente el escándalo de las matanzas en El Refugio, y fueron el punto de partida en 2007 del primer procedimiento penal en España por maltrato animal en una perrera.

Si en las instalaciones se producía un supuesto delito continuado de maltrato de animales y está demostrado que sus condiciones de gestión eran nefastas, ¿por qué sólo han resultado imputados los dos veterinarios, y no el propietario del centro, o su directora? En el caso específico del tipo penal de maltrato continuado, la juez encargada del caso responde al planteamiento reseñando que no existen elementos suficientes para atribuir el delito a otras personas, máxime cuando no estaban obligados a tener "pleno conocimiento" de los devastadores efectos del Mioflex y carecían de formación específica.

Sobre la falta continuada de maltrato que podría ser atribuible al resto de la plantilla por las malas condiciones de la perrera, la instructora considera que la conducta de los trabajadores era "básicamente omisiva". El tipo omisivo, añade, "requiere la ostentación de una posición de garante por parte del imputado", que es "la que asumen las personas que voluntariamente se ocupan de tareas que implican el deber de actuar: un socorrista, un médico...", y, en el caso instruido, un veterinario. "En relación al resto de trabajadores de El Refugio no se estima que ostentaran esta posición -en sentido técnico jurídico-, excediendo del estricto marco del Derecho Penal el reproche que se les pudiera efectuar", argumenta la juez.

Pese a todo, la titular del Juzgado número 2 de Puerto Real recuerda que el sobreseimiento de la causa contra el propietario y la gerente de El Refugio no les exime de sus posibles responsabilidades civiles, que deberán determinarse con posterioridad.

Los abogados de la protectora El Refugio, con la adhesión del representante legal de la pareja que perdió sus tres mascotas, han recurrido el auto de la juez al considerar que tanto el administrador como la gerente de la perrera conocían a la perfección las irregularidades denunciadas. "Llegaremos donde haga falta para que se castigue a los responsables de esta barbaridad", recalcaron fuentes de la acusación"

ANTECEDENTES DE HECHO

El Refugio pide 1 año y 6 meses de cárcel para veterinarios, directora y dueño perrera Puerto Real
En breve se celebrará en Cádiz el primer juicio contra una perrera por maltrato animal en España y serán juzgados el propietario, la directora y los dos veterinarios


El Refugio, en su escrito de acusaciones, solicita que declaren los veterinarios, la directora y el dueño de la perrera, como acusados, así como tres agentes del Equipo del Seprona de Cádiz, un agente de la policía local del ayuntamiento de Puerto Real, trece testigos y cuatro veterinarios como testigos peritos.

La audiencia provincial de Cádiz  explica que tanto el dueño como la directora de la perrera de Puerto Real presuntamente conocían el uso de Mioflex y supuestamente daban instrucciones de su uso a los veterinarios con el objetivo de ahorrar costes.

Están citados a declarar como testigos los delegados de sanidad del Ayuntamiento de Cádiz, Puerto Real y San Fernando que supuestamente conocían las irregularidades.

El Refugio denunció los hechos y está personado como acusación en el Juzgado nº 2 de Puerto Real.

Supuestamente los animales recogidos eran sacrificados con Mioflex, un paralizante muscular que era inyectado indiscriminadamente ocasionando a los perros y gatos recogidos una muerte lenta y agónica por asfixia.

En su escrito de acusación El Refugio dice:

Calificación de los hechos.

Los hechos que supuestamente sucedieron en la Perrera de Puerto Real, son constitutivos de los siguientes DELITOS:

 1.- Hecho 1º: Un delito continuado de maltrato a animal doméstico del artículo 337, en relación con los artículos 74.1 y 70.1.1ª del Código Penal (redacción vigente al momento de los hechos).

  2.- Hecho 2º: Una falta continuada de maltrato a animal doméstico del artículo 632.2 y 74.1 Código Penal.

3.- Hecho 3º: Una falta continuada de maltrato a animal doméstico del artículo 632.2 y 74.1 Código Penal.

4.- Hecho 4º: Un delito de denuncia falsa del artículo 457 en relación con el artículo 456 del Código Penal.

Supuesta autoría

.- E. C. R. (Veterinario antiguo) es supuestamente responsable en concepto de autor de los delitos: 1, 2 y 3.

.- R. A. P. B. (veterinario titular) es supuestamente responsable en concepto de autor de los delitos: 1, 2, 3 y 4.

.- M. A. N., Directora, es supuestamente responsable en concepto de autora de los delitos: 1, 2 y 3.

.- P. G. M., dueño, es supuestamente responsable en concepto de autor de los delitos: 1, 2 y 3.

Penalidad

Para E. C. R. (Veterinario antiguo):

a) Una pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN por el delito continuado número 1, accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con lo animales por tiempo de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES. 

b) Una pena de SESENTA DIAS DE MULTA por la falta continuada número 2, con cuota diaria de 50,00€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.   

c) Una pena de SESENTA DIAS DE MULTA por la falta continuada número 3, con cuota diaria de 50,00€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.   

Para R. A. P. B. (Veterinario titular):

a) Una pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN por el delito continuado número 1, accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con lo animales por tiempo de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES. 

b) Una pena de SESENTA DIAS DE MULTA por la falta continuada número 2, con cuota diaria de 50,00€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.   

c) Una pena de SESENTA DIAS DE MULTA por la falta continuada número 3, con cuota diaria de 50,00€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

d)  Una pena de DOCE MESES DE MULTA por el delito número 4, con cuota diaria de 50,00€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago 

Para M. A. N. (Directora):

a) Una pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN por el delito continuado número 1, accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con lo animales por tiempo de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES. 

b) Una pena de SESENTA DIAS DE MULTA por la falta continuada número 2, con cuota diaria de 30,00€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.   

c) Una pena de SESENTA DIAS DE MULTA por la falta continuada número 3, con cuota diaria de 50,00€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.   

Para P. G. M.(Dueño):

a) Una pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN por el delito continuado número 1, accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con lo animales por tiempo de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES. 

b) Una pena de SESENTA DIAS DE MULTA por la falta continuada número 2, con cuota diaria de 75,00€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.   

c) Una pena de SESENTA DIAS DE MULTA por la falta continuada número 3, con cuota diaria de 75,00€ con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

Para todos los acusados Imposición de costas, con condena expresa al pago de las costas de esta Acusación.

“Será el primer juicio en España contra los responsables de una perrera. Es gratificante saber que la justicia funciona y que tanto los veterinarios como la directora y el dueño de la perrera de Puerto Real serán juzgados por un presunto delito de maltrato a los animales”. Indicó Nacho Paunero, presidente de El Refugio.
FUENTE:


jueves, 20 de septiembre de 2012

ZOOMAFIA JUICIO POR VITA DE ANIMALES INCAUTADOS POR EL SEPRONA EN CADIZ.


MIRA ESTE ENLACE CON FOTOS DE LA ZOOMAFIA EN CADIZ
http://andaluciainformacion.es/portada/?a=206340&i=1&f=0

http://www.canalsur.es/portal_rtva/web/noticia/id/160466/portada/la_guardia_civil_investiga_el_traslado_de_centenares_de_perros_a_italia_desde_cadiz


Desde hace meses se espera una respuesta formal de quienes pusieron la denuncia contra el tráfico de animales desarticulada en Cádiz.
Todo apunta a que Vita a donde llegaban los animales incautados, tenían un futuro desolador en otras perreras y protectoras, siendo poquísimas las verdaderas adopciones realizadas pero por las cuales se recibían sumas de dinero tanto por ceder como por tener.
Los animales viajaban en condiciones penosas durante más de 48 horas y algunos llegaban en tan malas condiciones que morían por deshidratación, falta de alimento o golpes de calor. Tengamos en cuenta que el Seprona actuó en le mes de julio, con calor máximo.
La furgoneta, iba hacinada de perros y no se tenían ni cartillas sanitarias ni documentación reglada sobre los permisos pertinentes para traslado de animales.
Muchos animalistas estaban alertados y pendientes de estas prácticas que se conocen desde hace años.
Por fin, con la denuncia actuó el Seprona cogiendo <in fraganti> tanto la furgoneta, como a muchos de los responsables.
Hoy se ha visto en la Audiencia de Cádiz, y esperemos unos resultados satisfactorios sobre quienes caen las imputaciones y unos resultados óptimos para quienes han seguido insistiendo que esta práctica era ilegal, fraudulenta e inhumana para los pobre animales, en donde todas las razas, incluidas los galgos y podencos iban a tener un futuro incierto y desolador.
Se ha conseguido, y esperamos paren los envíos a dichas perreras en donde la vida de los perros era igual o peor que la que les esperaba aqui.E.N




VER EL VIDEO

http://www.youtube.com/watch?v=vU3e7AN80Cg&feature=youtu.be

viernes, 14 de septiembre de 2012

BADAJOZ, SENTENCIA CONFIRMANDO LA ANTERIOR.


Segunda sentencia en la Audiencia Provincial que no admite el recurso en España.
El recurso con manifestaciones subjetivas del autor, es rechazado y se confirma la sentencia en todos sus términos.
La pretendida inimputabilidad del autor de los hechos es rechazada totalmente.
Poco a poco irán llegando los recursos de segunda instancia y se crearán precedentes alegatorios para la defensa de los animales. Aunque no crean jurisprudencia, si pueden señalarse como similitudes de condenas por parecidos hechos. E.N




............El ya condenado, Nicolás Buiga Bueno, presentó un recurso de apelación contra esta sentencia, que ahora ha confirmado la Audiencia Provincial de Badajoz, y que considera que "no existen datos que permitan establecer la inimputabilidad del recurrente", y por tanto "no cabe que tenga acogida el motivo del recurso"...........

 ......... Cabe destacar que la sentencia en primera instancia condenaba a Nicolás Buiga a abonar 3.285,20 euros a Adana en concepto de "responsabilidad civil" por las facturas de la clínica veterinaria que atendió a los cachorros, y que ahora la Audiencia Provincial confirma al considerar que si esta asociación "hizo frente al pago de facturas derivadas del maltrato animal objeto de condena, ha de entenderse que del delito cometido se han observado determinados daños y perjuicios que deben ser indemnizados"

martes, 11 de septiembre de 2012

TORDESILLAS INCUMPLE LAS NORMAS, VOLANTE NO TE HEMOS PODIDO SALVAR








Volante has sido asesinado por los miles de lanceadores que deseaban tu muerte ancestral.
Antes te habían aturdido, mareado, desorientado para que tus envites fueran menos dañosos.
Volante hoy no te hemos podido salvar, pero tu has dado un giro para salvaguardarte en la tierra de nadie, en la tierra que era, tu salvación y tu vida.
Ni eso te han permitido. Querían seguir punzándote, y tú mismo has sobrepasado el límite en donde el indulto era lo justo y honesto.
Pero la cantidad de horror y sangre que ese pueblo quiere, no tiene parangón.
Esos “valientes” parapetados entre lanzas y caballos seguían acosándote pero tú con tus 620 kilos negabas la muerte y nosotros seguiamos tu carrera agarrándo nuestro corazón constreñido por la pena y la injusticia de esta fiesta carnicera y brutal.
Volante, que sepas que el mundo entero desprecia lo que te han hecho, el mundo entero clama por el dolor de algo que no debe existir: la muerte de un ser que tiene memoria, aprende de las experiencias y siente dolor.
Volante lo ha sentido y todos contigo lloramos tu muerte indigna en la zona de indulto y donde todos te queriamos vivo, mucho antes de que la carrera a la muerte entre sádicos hicieran cerrar tus ojos descansando el camino de tus últimos minutos de aliento.


Hoy contenidos antes de empezar la matanza de Volante, hemos roto una lanza en Madrid y muchos lugares de España por este toro. La contención y las lágrimas silenciosas, secas y emocionadas, han sido un homenaje a Volante en contra de quienes siguen con tal vil y cruento hecho y sigue mancillando y matando en nombre de una fiesta incomprensible de un toro héroe ante los miles de lanceadores torturando la vida de un ser un año más.

 <<El Patronato decidió declarar nulo el festejo por doble incumplimiento: matar al toro en una parte del recorrido prohibida para este fin y lancearle dos veces al mismo tiempo Cuando el animal llegó a la explanada de la Vega, conducido por los pinchazos de decenas de caballistas -con pico en las puntas de sus varas, no lanzas; ese ritual viene después-, atravesó el punto que permite su alanceo según las ordenanzas del Real Patronato del Toro de la Vega: dos banderas españolas colgadas de sendos palos.
>> (El Pais).
Tu eras listo y te pusiste a recaudo para vivir. Tu sufrimiento sólo te ha encumbrado a héroe porque las fronteras están abiertas y tu funeral y conocimiento está pululando por el mundo despreciando a tan vil pueblo y a tan vil Junta de Castilla León. Se han saltado las normas, pero han llevado al limite la llamada y pretendida hidalguía de los lanceros porque ha quedado a la altura de los más depravados asesinos ávidos de sangre y muerte.
Volante has dado un giro tal como tu nombre te exigía.
Volante no te hemos salvado, pero tu llegas al mundo con la historia de este día como el ser viviente que lucha por su respiración y aliento y las imágenes de tu tortura, quedan para la cruel historia del Toro de la Vega. Elena Navarro





video:

jueves, 6 de septiembre de 2012

CONDENA POR MALTRATO EN CANARIAS.



NO SE PONEN FOTOS. MIRAR EN EL ENLACE

Los hechos se remontan a una fecha no determinada pero siempre anterior al 4 de mayo de 2007 en una finca del Camino de Las Cañadas, dentro del término municipal de Güímar. La perra, de nombre Vela, le había sido regalada por un vecino aunque aún no se había formalizado el traspaso. Tras el maltrato, el animal fue encontrado por la Policía Local de Güímar ese día 4 en un contenedor de basura. Presentaba heridas múltiples en zona dorsal del lomo y las patas, así como en una de sus orejas. De su mal estado da cuenta el hecho de la presencia de larvas de mosca en su cuerpo. Para recuperar la salud de la pobre Vela fueron necesarias varias intervenciones quirúrgicas (incluida la inevitable amputación de varios de sus dedos y parte de una oreja) así como un largo periodo de convalecencia que generó unos gastos a dos clínicas veterinarias (Arca de Noé y La Gallega) que cobrarán estas facturas con la indemnización fijada ahora al condenado. En cuanto a la condena en sí y a pesar de la ausencia de pruebas directas o presenciales de los hechos, la magistrada-juez María José Dorta considera que las contradicciones en las declaraciones del condenado refuerzan la credibilidad de las efectuadas por el vecino que le regaló perra.

martes, 4 de septiembre de 2012

LOS ANIMALES TIENEN CONCIENCIA, ESTUDIO DE CAMBRIDGE






La Declaración de la concienciación de Cambridge
Hoy día 7 de julio de 2012, un prominente grupo internacional de neurocientíficos cognitivos, neurofarmaceúticos, neurofisiólogos, neuroanatomistas y neurocientíficos computacionales se reunieron en la Universidad de Cambridge para reevaluar los sustratos neurobiológicos de la experiencia consciente y comportamientos relacionados en los animales humanos y no humanos. Mientras que la investigación comparativa sobre este tema es, naturalmente, obstaculizada por la incapacidad de los animales no humanos, y muchas veces de los seres humanos, para comunicarse de manera clara y fácilmente sobre su estado interno, se pueden afirmar las siguientes observaciones sin lugar a dudas:
• El campo de la investigación de la conciencia está evolucionando rápidamente.Se han desarrollado muchasnuevas técnicas y estrategiaspara la investigación en animales humanos y no humanos. Por lo tanto, cada vez hay más datos fácilmente disponibles, y esto exige unareevaluación periódica de losprejuicios anteriores en este campo. Los estudios sobreanimales no humanos han demostrado que los circuitoscerebrales homólogosc orrelacionados con la experiencia y la percepción consciente pueden ser selectivamente encendidos e interrumpidos para determinar si en realidad son necesarios para esas experiencias. Además, en los seres humanos, se dispone de nuevas técnicas no invasivas para examinar las correlaciones de la conciencia.
• Los sustratos neurales de las emociones no parecen limitarse a las estructuras corticales. De hecho, las redes neuronales subcorticalessuscitado durante los estadosafectivos en los humanos también son de importancia crítica para la generación decomportamientos emocionalesen los animales. Excitación artificial de las mismas regiones del cerebro generacomportamientocorrespondiente y estados de ánimo en los seres humanos y los animales no humanos. En cualquier parte del cerebro se evocan conductas instintivas emocionales en los animales no humanos, muchos de los comportamientos resultantesson consistentes con los estados emocionales experimentados, incluidos los estados internos que están premiando y castigando. La estimulación cerebral profunda de estos sistemas en los seres humanos también puede generar semejantes estados afectivos. Sistemas asociados con el afecto se concentran en las regionessubcorticales donde abundanhomologías neuronales.Jóvenes animales humanos y no humanos, sin neocortezaconservar estas funcionescerebro-mente. Además, los circuitos neuronales que apoyan los estados de comportamiento /electrofisiológico de la atención, el sueño y la toma de decisiones parecen haber surgido en la evolución ya en la radiación de invertebrados, que se manifiesta en los insectos y moluscoscefalópodos (por ejemplo, el pulpo).
• Las aves parecen ofrecer, en su comportamiento, neurofisiología y neuroanatomía un casos sorprendente de evolución paralela de la conciencia.Evidencia de niveles de conciencia casi humanos han sido observados en loros grises africanos.
Redes emocionales de mamíferos y aves y microcircuitos cognitivos parecen ser muchomás homólogos de lo que se pensaba. Por otra parte, se ha encontrado que ciertas especies de aves exhiben patrones neuronales de sueño muy similares a los de los mamíferos, incluyendo el sueño REM y, como se demostró en pinzones cebra, patrones neurofisiológicos, de los que se pensaba antes requerían una neocorteza del mamífero.
De las urracas, en particular, en los estudios deautorreconocimiento en el espejo, se ha demostrado quepresentan grandes similitudes con los humanos, los grandes simios, los delfines y los elefantes.
• En los seres humanos, el efecto de ciertos alucinógenos parece estar asociado con un trastorno en el procesamiento cortical feedforward y feedback.
Las intervenciones farmacológicas en animales no humanos con compuestos conocidos por afectar el comportamiento conscienteen los seres humanos pueden conducir a perturbaciones similares en el comportamiento en animales no humanos.
En los seres humanos existen pruebas que sugieren que el conocimientose correlaciona con la actividad cortical, lo que no excluye posibles contribuciones de procesamiento subcortical o cortical temprano, como en la percepción visual. La evidencia de que los sentimientos emocionales animales humanos y no humanos surgen de las redes cerebrales subcorticales homóloga suministrar la evidencia convincente para evolutivamente compartidos afectivos primarios .
Declaramos lo siguiente: "La ausencia de neocórtex no parece excluir un organismo de experimentar estados afectivos. Evidencias convergentes indican que animales no-humanos tienen substratos neuroanatómicos, neuroquímicos y neurofisiológicos de estados conscientes, junto con la capacidad de exhibir comportamientos intencionales. En consecuencia, el peso de la evidencia indica que los humanos no son los únicos en poseer los sustratos neurológicos que generan la conciencia. Los animales no humanos, incluidos todos los mamíferos y las aves, y muchas otras criaturas, incluyendo pulpos, también poseen estos sustratosneurológicos”.

* La Declaración de la Conciencia de Cambridge fue escrita por Philip Low y editada por Jaak Panksepp, Diana Reiss, David Edelman, Bruno Van Swinderen, Philip Low y Christof Koch. La Declaración fue proclamada públicamente , por Low, Edelman y Koch en Cambridge, Reino Unido, el 7 de julio de 2012, en la Conferencia de Francis Crick Memorial sobre la conciencia en los animales humanos y no humanos, en el Churchill College, Universidad de Cambridge. La Declaración fue firmada por los participantes de la conferencia esta misma tarde, en presencia de Stephen Hawking, en la Sala de Balfour en el Hotel du Vin en Cambridge, Reino Unido. La ceremonia de firma fue inmortalizado por

TRADUCIDO POR CATHY VAN RIEL PARA ELENA NAVARRO. Gracias amiga


OTRO RESCATE DEL COCHE

http://www.abc.es/20120901/local-madrid/abci-rescate-perro-maletero-201209011734.html
Bomberos y voluntarios del Refugio logran rescatar a un perrito que por sus ladridos alertó a los voluntarios y pudo ser rescatado del maletero a punto de morir.ç